Ciudad de México.- El 26 de abril de 2018 el el Pleno del Senado aprobó reformas a los artículos 213 bis y 215 a la Ley Federal de Derecho de Autor.
El presidente de la Comisión de Cultura, senador Javier Lozano Alarcón, explicó que las modificaciones permiten otorgar medidas precautorias, ordenadas por el tribunal del poder judicial, para la protección de dichos derechos o, en su defecto, garantizar la reparación de los daños.
No obstante, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), explicó que cualquier tribunal tendrá la facultad de ordenar que una comunicación pública –por ejemplo, un vídeo en Internet– sea censurada.
También que las computadoras, micrófonos, servidores, enrutadores u otras instrumentos usados en su difusión sean asegurados, sin que haya sido previamente demostrado en un juicio que dicha comunicación viole el derecho de autor.
La ley aprobada garantiza que cualquier juez pueda ordenar de manera cautelar, es decir sin que se haya probado algún delito, que se baje algún video, foto o cualquier otra cosa de internet, explicó Luis Fernando García, director de R3D.
Estas reformas constituyen claramente una medida de censura previa, violatorias del artículo séptimo de la Constitución mexicana. Desde R3D condenamos la aprobación en el Senado de este dictamen, que vulnera frontalmente los derechos de todas las personas en Internet, explicó R3D en un comunicado.
Con información de Imagen TV