Ciudad de México. Fuente: Radioformula.- La madrugada de este jueves, 11 de marzo, las Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, el dictamen para el uso lúdico de la marihuana, por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.
La minuta, aprobada con 250 votos a favor, 163 en contra y 14 abstenciones, fue devuelta al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
📌 La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, el dictamen por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.https://t.co/8bKQHf7O1z
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) March 11, 2021
La Ley Federal para la Regularización del Cannabis aprobada por la Cámara de Diputados contempla que se regule la producción y comercialización de la marihuana y sus derivados, bajo el enfoque de: libre desarrollo de la personalidad, salud pública y respeto a derechos humanos.
En cuanto a la producción considera: autoconsumo en casa habitación o asociaciones para uso lúdico; comercializaciones y ventas con fines recreativos; investigación y producción de cáñamo para fines industriales.
Además establece el derecho de personas mayores de 18 años a consumir marihuana psicoactiva sin afectar a terceros y prohibe el consumo en lugares 100 por ciento libres de tabaco, áreas de trabajo y escuelas.
🔔 Concluye la sesión y se cita para la que tendrá lugar el miércoles 17 de marzo a las 11:00 horas en su modalidad semipresencial.
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Mientras que la venta para uso lúdico será dentro del territorio nacional, en establecimientos autorizados por la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic). Así mismo fija una multa de entre 60 a 120 veces el valor diario de la UMA a quien posea más de 28 gramos de cannabis sin autorización.
En cuanto a la reforma a la Ley General de Salud, establece 28 gramos como dosis máxima de consumo y se sancionará la comercialización sin autorización.
En tanto, en las reformas al Código Penal Federal se tipifican conductas como: producir, transportas, traficar, comerciar y suministrar cannabis psicoactivo en cantidades superiores a 5.6 kilos sin autorización.
Así como suministrar, comercializar o inducir el consumo de marihuana psicoactiva a menores de edad.
📌 Conoce algunas de las características aprobadas en la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y reformas a la Ley General de Salud y del Código Penal Federal. 👇🏻 pic.twitter.com/NqWQBV6tLa
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