Ciudad de México. (Fuente: Agencia Reforma).- Si te descansaron unos meses por el Covid-19, tu empresa sigue cerrada, o está sufriendo problemas de liquidez, ojo, que tu aguinaldo podría ser menor este año o llegar más tarde.

A pesar de que la Coparmex está impulsando en conjunto con los sindicatos obreros que las empresas apoyen a sus trabajadores con el aguinaldo completo en tiempo y forma, en la práctica la ley no respalda esta petición para quienes dejaron de laborar un tiempo por la pandemia, explica Ricardo Barbosa, encargado de asuntos laborales del organismo patronal.

En el caso de los trabajadores que no han podido laborar porque pertenecen a grupos vulnerables, por ejemplo de la tercera edad o con enfermedades degenerativas, se considera una incapacidad por enfermedad general, y por tanto, sólo tendrían derecho a un aguinaldo proporcional a los meses que sí se presentaron.

«Teóricamente no les computarían los días que estuvieron como grupos vulnerables y sólo le pagarían con el último salario, es decir con el salario normal antes de la pandemia, los días laborados. Sin embargo, () el llamado que se está haciendo por parte del sector empresarial y del sector sindical es que se trate de apoyar a esos trabajadores en grupo vulnerable con el pago completo de su aguinaldo,» explicó.

En los trabajadores que no son población vulnerable pero dejaron de laborar durante los meses del confinamiento porque su empresa permaneció cerrada, tampoco hay fundamento legal para que se les tomen en cuenta esos días en el aguinaldo, incluso si mantuvieron el pago de su salario.

«Por ejemplo una zapatería, que duraron cerradas como 4 meses, esos trabajadores como la suspensión fue por causa de fuerza mayor, tampoco les computarían los días que no pudieron laborar aunque les hayan hecho un ajuste salarial () y le tienes que pagar con el salario que está percibiendo en diciembre», abundó.

Lo mismo sucede con los empleados de giros que permanecen cerrados por la contingencia sanitaria como antros y bares; legalmente, sólo podrían exigir un pago proporcional a los días que laboraron antes de la pandemia.

Finalmente, si el colaborador continuó trabajando pero firmó un convenio con su empleador para que temporalmente le bajaran el sueldo porque la empresa no tenía liquidez, le corresponde que le paguen el aguinaldo completo, con base en el salario original.

Ahora, si la empresa no tiene suficientes fondos para liquidar los aguinaldos antes del 20 de diciembre como lo exige la ley, existe la posibilidad de hacer un convenio con los trabajadores para diferir los pagos.

«Se ha platicado con los líderes sindicales en hacer convenios para pagar un poco más, oye, pues no, no te puedo pagar todo en diciembre, hacemos un convenio, te pago una parte en diciembre, otra parte en enero, aunque la ley establece que se tiene que pagar, sí sería válido en este año atípico buscar un convenio», indicó.

Esta figura ya se ha utilizado en el pasado, durante las crisis económicas del 1995 y 2009. Sin embargo, destacó, el llamado del sindicato patronal es que sea el último recurso.

«La posición de Coparmex es que se pague por lo menos lo que exige la ley y que antes del 20 de diciembre La segunda opción es que, si la ley te permite que no pagues el año completo, que se haga un esfuerzo para que se pague lo más posible del aguinaldo, y en tercer término hacer un convenio», afirmó.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here