Celaya Gto.- Suspender los cortes de agua hasta que se logre superar la contingencia por el COVID-2019 es la medida más responsable para la salud de las y los celayenses; la recaudación debe pasar a un segundo término.

De este modo lo aseguran las regidoras Salud García y Mónica Delgado, así como los regidores Mauricio Hernández y Juan Carlos Oliveros, luego de que solicitaron mediante oficio suspender cortes de agua como parte de otras 13 acciones puntuales para disminuir el posible impacto de la pandemia en el Municipio y que el director de la JUMAPA, Mauricio Michaca, argumentó que dicha medida complicaría la operatividad de la paramunicipal.

Ante ello, este grupo de Regidores hacen precisiones que justifican el suspender de inmediato los cortes en los suministros de agua potable a fin de que sean tomadas en cuenta por el Consejo Directivo y que son las siguientes:

  • En el Municipio hay alrededor de 140 mil tomas, de las cuales aproximadamente el 95 por ciento son domésticas. Los cortes rondan el 2 por ciento del padrón al mes; es decir, un estimado de 2 mil 800 tomas. El recibo promedio mensual gira en torno a los 150 pesos, por lo que el impacto recaudatorio podría ser de 420 mil pesos al mes. Pensando que la contingencia dure dos meses, estaríamos hablando de 840 mil pesos QUE LA JUNTA NO ESTARÍA PERDIENDO SINO SOLO DIFIRIENDO SU COBRANZA UNO O DOS MESES.
  • Aun así, 420 mil pesos representan sólo el 1.6 por ciento de los 25 millones que en promedio recauda la Junta cada mes, lo que en nada pone en riesgo la operatividad del organismo el evitar realizar cortes.
  • Es importante considerar, además, que la Junta recauda un recurso adelantado de aproximadamente un mes y medio de cobranza por los pagos con descuento de enero y febrero, lo que le permite al organismo enfrentar la operatividad sin ningún tipo de riesgo, aún sin efectuar cortes durante un par de meses.
  • De la mano de la suspensión de los cortes, es importante que la Junta articule una intensa campaña que incentive el cumplimiento de pagos de los usuarios, así como del uso racional del agua.

“No debemos olvidar que JUMAPA tiene como principal objetivo el suministro del agua para mantener la salud de los ciudadanos, antes de privilegiar acciones recaudatorias que pueden retrasarse uno o dos meses sin poner en nada el riesgo de la operatividad del organismo”.

“Por ello, volvemos hacer un llamado al Consejo Directivo de la JUMAPA para que en el uso de las facultades que le otorga el Artículo 27 Fracc. II del Reglamento para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales para el Municipio de Celaya, Guanajuato; instruya al Director General y este a su vez al Director Comercial, a suspender de forma inmediata los cortes al suministro de agua y que dicho lineamiento se respete hasta que el Consejo Directivo considere que la contingencia sanitaria ha llegado a su fin”, remarcan los Regidores.

También señalan la importancia del Artículo 166, el cual establece como medida opcional, pero de ninguna manera obligatoria, la suspensión de la prestación del servicio, por lo que la decisión transita en el terreno de la voluntad, la sensibilidad y la responsabilidad.

Por otro lado, es necesario que el Consejo se asegure del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 167 del reglamento mencionado el cual establece que: “Tratándose que el propietario o poseedor responsable fuera usuario doméstico respecto de la toma que origina la irregularidad u omisión de pago motivo de la suspensión a que se alude en el artículo anterior, el Organismo Operador del servicio deberá de garantizar el volumen de agua suficientemente necesaria para las necesidad básicas a solicitud del usuario por medio de vales que emitirá JUMAPA, de la fuente de agua más cercana al domicilio del usuario, y que ésta se encuentre técnicamente acondicionada para proporcionar este servicio”.

Aun en el supuesto de que la Junta cumpliera con lo que establece el reglamento, el Consejo Directivo debe de considerar que esta medida que salvaguarda el derecho al acceso del agua puede causar concentraciones de personas en puntos específicos que contraviene las recomendaciones de aislamiento social de las diversas autoridades en materia de salud, por lo que la estrategia de evitar los cortes resulta una vez más necesaria.

Resulta imperante que el Director General y el Director Comercial de la Junta se apeguen a lo establecido en el Artículo 13 del Código de Ética de la Administración Pública Municipal de Celaya, Guanajuato, con respecto a los principios que deben mostrar los servidores públicos en el desempeño de su empleo, concretamente las fracciones I y III que hacen referencia al interés público y al respeto a los derechos humanos.

De la misma forma, es necesario observar lo establecido en el Artículo 27 del Código de ética, el cual señala que los servidores públicos en su actuación reconocen el valor intrínseco de los individuos y por tanto observan y tutelan, en sus relaciones sociales el respeto a las personas y los derechos humanos de éstas.

“Confiamos en que el Consejo Directivo de JUMAPA decidirá en consecuencia de la importancia de permitir el acceso al agua a la población en todo momento, pero de forma mucho más evidente al enfrentar esta crisis sanitaria”, finalizaron los Regidores.

 

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